Foto de licencia de obras

Licencia de obras — Créditos: Unsplash Iván Henao

 

El ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) es el nombre técnico para referirse al pago necesario para obtener Licencia de Obras o Licencia Urbanística. Es un tributo indirecto realmente desconocido para la mayoría de las personas y por eso os queremos explicar en qué consiste. 

El ICIO es un impuesto que grava CUALQUIER construcción, instalación u obra que se realice en el municipio. ¿Eso significa que para hacer una simple reforma de un cuarto de baño se debe abonar este impuesto? La respuesta es SÍ. Como podéis observar, abarca desde obras muy sencillas hasta las más complejas (Licencia de Obras Menores, Licencia de Obra Mayor, etc…).

Está obligada a pagarlo la persona o empresa a nombre de la cual se solicita la licencia de obras, es decir, quien asume el coste de la realización de la obra. Se liquida el impuesto antes de empezar la obra a partir de un presupuesto y se regulariza al terminar con facturas o con la liquidación firmada por el arquitecto si es el caso.

Suelen existir bonificaciones para potenciar algunos tipos de obra, como por ejemplo:

  • Construcción de viviendas de protección oficial (VPO)
  • Obras que se realicen en edificios para mejorar la accesibilidad
  • Obras en viviendas según rentas
  • Obras de adaptación para personas mayores de 65 años
  • Obras e instalaciones que se realicen en viviendas con el fin de mejorar la eficiencia energética
  • Obras de rehabilitación integral de barrios para integrar energías renovables

En el caso concreto de Vitoria-Gasteiz la tasa asciende al 5% del Presupuesto de Ejecución Material, que NO ES la cantidad total que tú estás pagando por la obra. El Presupuesto de Ejecución Material (PEM) es el coste de los materiales y de la mano de obra, necesarios para la ejecución de una obra, sin contar los gastos generales y el beneficio económico o beneficio industrial que el contratista va a obtener de la obra. Los porcentajes aplicados para estos dos conceptos, al no estar fijados por ninguna normativa, se pueden determinar a partir de los valores habituales empleados en la contratación de obras oficiales, que son el 13% en concepto de Gastos Generales y el 6% en concepto de Beneficio Industrial. Además, el IVA, el mobiliario, los gastos en Gestión de Residuos y los gastos en Seguridad y Salud no están gravados por el impuesto.

 

 Ejemplo

 

Has reformado tu casa y has pagado a la empresa de reformas 100.000€, de los cuales 20.000€ son muebles de cocina, muebles de baño, armarios empotrados y decoración. Para calcular el ICIO empezamos por descontar esos 20.000€ y el IVA que seguramente será al 10% por ser una rehabilitación, es decir, nos quedan 72.727,27€. Además, en la liquidación que te pasa la empresa de reformas, está todo desglosado por capítulos, y los dos últimos capítulos son Seguridad y Salud (560€+IVA) y Gestión de Residuos (2.500€+IVA). También tenemos que descontar esos conceptos para el cálculo de la Base Imponible del ICIO, por lo tanto, nos quedamos con 69.667,27€. Por último, descontamos el 19% de Gastos Generales y Beneficio Industrial para obtener una cantidad de 58.543,92€. Es decir, si la reforma es en Vitoria-Gasteiz la tasa que tendrías que pagar es de 2.927,20€ (5%) siempre y cuando no se pueda acceder a alguna de las bonificaciones existentes.